Resumen: La Audiencia absuelve a los acusados de los delitos de falsedad en documento oficial y privado y estafa procesal de los que fueron objeto de acusación. La defensa invocó con carácter previo la infracción del derecho a un proceso con todas las garantías toda vez que trascurrido el plazo para practicar la instrucción del art. 324 LECr y sin haberse acordado la prórroga de dicho plazo se siguieron practicando diligencias de investigación tendentes a acreditar la realidad de los hechos e incluso se tomó declaración en calidad de imputados a todos los acusados. Con base en ello se reclama la nulidad de toda las pruebas practicadas desde que finalizó el plazo y con ello la absolución. La Audiencia acoge esta pretensión y analiza los límites temporales que establece el citado art. 324 llegando a la conclusión de que en el caso concreto ni se llegó a declarar la complejidad ni se prorrogará los plazos de instrucción. La consecuencia es considerar que toda las diligencias de prueba que se practicaron con posterioridad a la finalización del plazo de instrucción debe ser consideradas inválidas a los efectos de articular la imputación. Como resultado de ello es que los acusados deben ser absueltos toda vez que no existen otras pruebas que permitan fundar la acusación instada dado que ésta se basaba de forma esencial en las pruebas que se invalidan. Se analizan ampliamente las exigencias del art. 324 LECr y sus efectos.